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Acuerdo de encargo del tratamiento de datos personales

Versión 1.0 · actualizada el 24 de octubre de 2026. Pendiente de revisión profesional.

Anexo contractual conforme al artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD).

1. Partes

Responsable: la empresa que contrata AutoBill Restaurante para gestionar sus locales. Encargado: Maryury Garzon Forero, titular de AutoBill. Este acuerdo forma parte de las condiciones aceptadas al crear la cuenta.

2. Objeto

  1. Registrar ventas, emitir facturas simplificadas y conservar sus registros encadenados.
  2. Remitir a la AEAT los registros de facturación en nombre del responsable, cuando este lo active y haya otorgado el apoderamiento correspondiente (VERI*FACTU).
  3. Gestionar la carta, el inventario y los informes de ventas y costes.
  4. Guardar la ficha de la plantilla y el registro diario de jornada, con sus correcciones.
  5. Copias de seguridad, mantenimiento y, al terminar, supresión.

3. Personas y datos afectados

Plantilla: nombre y apellidos, DNI o NIE, número de la Seguridad Social, teléfono, correo, IBAN, puesto, tipo de contrato, horas de contrato, coste por hora y registro de entradas y salidas. Usuarios del responsable: correo y rol. Las facturas simplificadas no contienen datos de los clientes del restaurante. No se tratan categorías especiales de datos.

4. Obligaciones del encargado

5. Obligaciones del responsable

Tener base jurídica para tratar los datos de su plantilla, informarla, introducir solo los datos necesarios y dar instrucciones lícitas. Contacto del encargado: asesoriaygestion.mar@autobill.lat.

Anexo A. Medidas de seguridad implantadas

Anexo B. Subencargados

La AEAT no es un subencargado: recibe los registros de facturación por obligación legal del responsable.